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lunes, 23 de julio de 2012

APRUEBAN LEY DE PROMOCION DE LA BANDA ANCHA Y CONSTRUCCION DE LA RED DORSAL NACIONAL DE FIBRA OPTICA


Lima.- La iniciativa de Ley (688/2011-CR) presentada por el Congresista Mesías Guevara Amasifuen, fue decretada el último viernes como la Ley N° 29904, aprobada por el Legislativo y publicada en el Diario El Peruano como “Ley de Promoción por el Estado de la Banda Ancha y Construcción de la Red Dorsal Nacional de Fibra Óptica”.

El propósito de esta Ley es impulsar el desarrollo, utilización y masificación de la Banda Ancha en todo el territorio nacional, tanto en la oferta como en la demanda por este servicio, promoviendo el despliegue de infraestructura, servicios, contenidos aplicaciones y habilidades digitales, como medio que favorece y facilita la inclusión social, el desarrollo socioeconómico, la competitividad, la seguridad del país y la transformación organizacional hacia una sociedad de la información y el conocimiento.

La Ley N° 29904 también contempla una declaración de necesidad pública e interés nacional de la construcción de una Red Dorsal Nacional de Fibra Óptica que integre a todas las capitales de las provincias del país y el despliegue de redes de alta capacidad que integren a todos los distritos, a fin de hacer posible la conectividad de Banda Ancha fija y/o móvil y su masificación en todo el territorio nacional, en condiciones de competencia. 

Según se contempla en esta norma, la Red Dorsal Nacional de Fibra Óptica es una red de transporte de alta velocidad, disponibilidad y confiabilidad, que estará diseñada en base al tendido de fibra óptica. En tanto que, la Banda Ancha es entendida como la conectividad de transmisión de datos principalmente a Internet, a velocidades apropiadas para la obtención y emisión de interactiva de información multimedia.

Cabe resaltar que bajo esa perspectiva el Estado contará con una Red Nacional, que será una red de acceso que se utilizará para el desarrollo de la Sociedad de la información  y el Conocimiento, priorizando la educación, salud, defensa nacional, seguridad, cultura, investigación y desarrollo e innovación para cumplir con las políticas y lograr los objetos nacionales, quedando prohibido su uso comercial

Además, el Estado incluirá dentro dentro de sus políticas de educación la formación de capacidades necesarias para el aprovechamiento de los beneficios asociados a la Banda Ancha. Y serán las entidades del Estado quienes deberán implementar los centros de acceso público con conexiones de Banda Ancha para que la población acceda a contenidos y aplicaciones de Gobienro Electrónico .El acceso en espacios públicos o locales institucionales se dará de forma gratuita, según lo alcances previstos en el reglamento de dicha Ley.

Finalmente, se recomienda incorporar a todas las universidades públicas e Institutos de investigación a la Red Nacional del Estado (REDNACE) formanfo la Red Nacional de Investigación y Educación (RNIE), para integrarse a las redes regionales de investigaicón del mundo, con la finalidad de acelerar los procesos de investigación, desarrollo tecnológico e innovación
 

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