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sábado, 28 de enero de 2012

EL CONAFU OTORGA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO PROVISIONAL A LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE JAEN




Mediante Resolución Nº647-2011-CONAFU.



El Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades (CONAFU), como órgano autónomo de la Asamblea Nacional de Rectores, teniendo como una de sus atribuciones evaluar los proyectos y solicitudes de funcionamiento de las nuevas universidades a nivel nacional, emitiendo resoluciones, autorizando y denegando el funcionamiento provisional previa verificación de los requisitos y condiciones establecidas.

Considerando que el modelo institucional adoptado por la Universidad Nacional de Jaén es la de una persona jurídica de derecho público que se rige bajo las normas de la ley Universitaria, más aún teniendo en cuenta que en sesión ordinaria del 21-12-2011, el pleno del CONAFU después de  deliberar por acuerdo Nº789-2011-CONAFU, convinieron por unanimidad otorgar la autorización provisional de funcionamiento la citada casa superior de estudios.

De modo que en atención a lo expuesto en los considerandos precedentes y en cumplimiento al Art.18 del estatuto del CONAFU, ha resuelto en su articulo primero: Otorgar la Autorización Provisional de Funcionamiento a la Universidad Nacional de Jaén, para brindar servicios educativos de nivel universitario en el Distrito y Provincia del mismo nombre, la misma que regirá a partir del siguiente día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Las Carreras Profesionales contarán con 40 vacantes cada una, en este caso: Ingeniería Civil, Ingeniería Mecánica y Eléctrica, Ingeniería de Industrias Alimentarias, Ingeniería Forestal y Ambiental y Tecnología Médica con especialidad en Laboratorio Clínico. La medida también dispone que la Promotora de esta Universidad remita al CONAFU, la minuta que contiene el estatuto social, de igual manera hacer de conocimiento a la Asamblea Nacional de Rectores la presente resolución.

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